CARTELERA TIPO VITRINA

Provincia:
Cantón:
Precio:

1 - Proveedor

2 - Proveedor

3 - Proveedor

Atributo Valor
ADMINISTRACIÓN
ÁREA DE INTERVENCIÓN
CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN De conformidad al punto 3.1.2 “Categorías” descrito en el Pliego del Servicio de Metalmecánica en el producto de Fabricación de Mobiliario Escolar (en madera y metal), la capacidad de producción está clasificada de la siguiente manera: GRUPO 1: Microempresa (incluye Con una oferta máxima de 1,000 personas naturales) de 1 a CARTELERA 5 empleados. GRUPO 2: Microempresa de 6 a 9 Con una oferta máxima de 1,800 empleados CARTELERA GRUPO 3: Pequeñas empresa de (10 Con una oferta máxima de 4.000 hasta 49 o más CARTELERA empleados) GRUPO 4: A efecto de participar en el grupo socios Organizaciones de economía popular y con máximo de 30 socios. Con una oferta solidaria.- Organizaciones máxima de 8.000 CARTELERA. del Sector Asociativo, Cooperativo y Comunitario bajo los principios de La Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario. Los Artesanos podrán pertenecer a cualquier grupo según su capacidad productiva instalada
CAPACITACIÓN, FORMACIÓN O EXPERIENCIA El proveedor deberá certificar experiencia de al menos dos años en trabajos de metalmecánica o carpintería a través de certificados laborales, facturas o contratos de trabajo; o presentar carnet de certificación artesanal en las ramas de metalmecánica o carpintería o afines. Nota: en caso que el personal requerido cuente con una Certificación de Competencias asociadas a este servicio, avalada por la entidad competente, no se solicitarán las certificaciones antes mencionadas.
CONDICIONES DE ELABORACIÓN DEL BIEN
CONDICIONES PARA LA ENTREGA DEL SERVICIO • El proveedor entregará en el lugar y hora acordada los bienes a la entidad contratante. • Los bienes deberán estar debidamente empacados para su transporte de tal manera que se mantengan intactos al momento de la entrega. • La entidad contratante designará a uno o varios profesionales afines al presente objeto de contratación, quienes verificaran el cumplimientos de las especificaciones técnicas previo a la recepción de los bienes. • El personal de la entidad contratante que reciba los bienes verificará que cada una de las unidades cumplen con las especificaciones establecidas en la presente ficha.
CONDICIONES PARTICULARES Los materiales empleados en la fabricación de los bienes, deben reunir las condiciones de durabilidad, confort, resistencia y sobre todo calidad. • El proveedor garantizará la resistencia de sujeción entre todas las partes de metal y plancha de corcho, respetando su acabado en calidad y estética. • Se deberán considerar criterios de seguridad en el acabado de las piezas, en tal medida que no represente riesgos de desprendimiento o corte que puedan herir a los usuarios. • La materia prima para la fabricación del mobiliario escolar deberá garantizar la calidad de la misma y que los materiales empleados no contengan sustancias tóxicas. • El proveedor garantizará que el producto sea de calidad y en el caso de que existieran productos defectuosos se compromete a repararlos para que cumplan con las características técnicas requeridas en la ficha técnica del producto, el mencionado arreglo se la realizará en el plazo de 10 días calendario contados desde el requerimiento escrito del Administrador del Servicio, para corregir y recibirlo en perfecto estado. • En la cara superior del perfil de aluminio de cada vitrina se deberá colocar una placa de aluminio, impresa con los datos y contacto del proveedor • La elaboración de la cartelera incluye la instalación, para lo cual se coordinara con la entidad contratante. • Cada pieza deberá estar envuelta en embalaje plástico transparente, y que se distinga claramente.
ESPECIFICACIONES DEL BIEN MEDIDAS REFERENCIALES EN CM LONGITUD : 120 cm ANCHO : 5 cm ALTURA : 80 cm ECIFICACIONES TÉCNICAS TABLERO: • Tablero de corcho 112x72cm espesor 3 mm, su cara interior forrada con tela fieltro, color azul oscura y sujeta a la cara posterior del tablero de corcho con pega en la cual la tela cubrirá 10 cm desde el perímetro del tablero. • EL tablero de MDF delgado 112x72cm espesor 3 mm se colocara junta a la cara posterior del tablero de corcho. • Los dos tableros se ubicarán en el lado posterior de la estructura y será enmarcado con un ángulo de aluminio 10 x 10 mm y espesor 1 mm, a la cual se sujetaran ambos elementos con remaches ESTRUCTURA: • La estructura será de Aluminio anodizado. • Marco externo será de un perfil de 75x40x01mm, para formar sus esquinas, se cortara la estructura a 45 grados y se unirá con tornillos, en la parte interna frontal de marco en sus dos lados (superior e inferior) se sujetara con remaches un perfil de aluminio para los perfiles corredizos de 45x17x1mm. • Se colocara un ángulo de aluminio de 10 x 10 mm y una longitud 68,6 cm en los lados internos frontales verticales • Para instalación de la cartelera se fijara con remaches un ángulo de 50x25x1mm, dos por lado, inferior y superior de la cartelera, el ángulo incluirá dos perforaciones para colocación de los tornillos que sujetaran la cartelera a la pared. PUERTAS: • Serán corredizas, conformadas por dos vidrios cada uno con dimensiones 60x70 cm y 4 mm de espesor, montados en perfiles de aluminio, cada uno incluirá dos rodamientos para facilitar el recorrido, incluye cerradura de llave. USO: • Docentes y estudiantes según ubicación de cartelera.
FORMA Y REQUISITOS PARA EL PAGO Los pagos por la provisión de las bienes, se realizarán con cargo a las partidas presupuestarias de la entidad contratante generadora de la orden de compra, en efectivo (dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), previo a la suscripción del Acta de Entrega Recepción (total o parcial) y los siguientes documentos habilitantes: - Copia simple de la orden de compra y la factura emitida por el proveedor. - Informe de cumplimiento del bien recibido, elaborado por el Administrador de la orden de compra donde conste el registro del número de unidades entregadas/recibidas. • De ser el caso, se realizarán pagos parciales, según el Cronograma de entregas parciales, establecido de mutuo acuerdo entre la entidad contratante y el proveedor, además se incluirá una Acta de Recepción parcial por los bienes recibidos.
GARANTÍA Y ANTICIPO 3.1 Garantía de fiel cumplimiento.- Para seguridad del cumplimento del contrato y para responder por las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionados con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de la orden de compra, siempre que el monto del contrato sea mayor a multiplicar el coeficiente 0, 000002 por el Presupuesto Inicial del Estado de correspondiente ejercicio económico. 3.2 Garantía por Anticipo.- El proveedor deberá rendir previamente garantías por igual valor del anticipo que se reducirán en la proporción que se vaya amortizando aquel o se reciban provisionalmente las obras, bienes o servicios. Las garantías serán entregadas a través de cualquier forma prevista en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y serán devueltas conforme lo dispuesto en el artículo 77 de la misma ley. El anticipo.- Podrá ser de hasta el 70% del valor de la orden de compra, si la Entidad lo considera pertinente, previa presentación de la garantía que corresponda, la que deberá rendirse conforme lo establece el Art. 75 de la LOSNCP. En caso de entrega de anticipo, el porcentaje restante se liquidará al final, El anticipo que la entidad contratante haya otorgado al proveedor para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. 3.3 Garantía de Técnica.- Se procederá en base a lo determinado en el literal 4.9 Garantía Técnica de los pliegos del Servicio de Metalmecánica en el producto de Fabricación de Mobiliario Escolar (en madera y metal). Aplicación y vigencia de la Garantía Técnica.- La Garantía Técnica se aplicará solamente por defectos de fábrica y mala calidad de materiales, no incluye mal uso de los bienes. Su vigencia será de minimo 1 año, contados a partir la entrega de los mismos, conforme en Acta Entrega Recepción. En caso de incumplimiento, el Administrador de la orden de compra deberá remitir un informe técnico para aprobación de la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, describiendo a detalle las razones por la cual solicita la aplicación de la garantía técnica. Aprobado el informe, éste deberá ser notificado formalmente por medio escrito (tener constancia de la fe de recepción) del proveedor, día a partir del cual empezará a correr el término para arreglo del producto.
INFRACCIONES, SANCIONES Y APLICACIÓN DE MULTAS El proveedor catalogado será multado por el retraso en la entrega del bien contratado, con el uno por mil (1x1000) sobre el valor total de la orden de compra por cada día de retraso, contado a partir del día siguiente de la fecha que se debió entregar el bien (conforme el cronograma previamente establecido). Si el mobiliario que ha sido entregado al proveedor para reemplazo o corrección de fallas, no es devuelto a la entidad contratante en el tiempo máximo de diez (10) días, a partir del onceavo (11) día se cobrará una multa del uno por mil (1x1000) sobre el valor total de la orden de compra por cada día de retraso en la entrega del bien.
MAQUINARIA • El proveedor será responsable de proporcionar las herramientas y todos los insumos adicionales que se requieran para la elaboración del producto. La maquinaria mínima necesario para la fabricación del bien es: ITEM CANTIDAD Maquina Tronzadora 01 Taladros de pedestal 01 Amoladora 01
MUESTRAS
NORMATIVA El Art. 26 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo". El mismo instrumento jurídico en su Art. 347, determina que es responsabilidad del estado asegurar el mejoramiento permanente de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. La Ley Orgánica de Educación Intercultural, establece que el estado debe garantizar la universalización de la educación en sus niveles inicial, básico y bachillerato, así como proveer infraestructura física y equipamiento necesario a las instituciones educativas públicas.
PLANOS
PLAZO DE ENTREGA Y TRANSPORTE El plazo podrá ser establecido en base a la capacidad productiva del proveedor o en proporción a los requerimientos establecidos por la entidad contratante; y, no podrá sobrepasar los 90 días calendario, contados a partir de la orden de compra. De considerarlo necesario, dependiendo de la capacidad productiva mensual del proveedor y en común acuerdo entre las partes, la entidad contratante podrá establecer la entrega de los bienes en un plazo no menor a 30 días calendario. • Se podrán realizar entregas parciales, que cumplan con todas las especificaciones y características establecidas en la presente ficha, previa la verificación y común acuerdo entre las partes, en un plazo menor al establecido en los pliegos. • El proveedor garantizará la entrega oportuna del bien en la ubicación acordada. El costo de transporte está incluido en el precio de adhesión de la presente ficha. Además el vehículo en el que se transporte el bien, deberá precautelar que lleguen en buen estado, protegiéndolos contra el sol directo
RECEPCIÓN DEL PRODUCTO
REQUISITOS PARA EL PAGO
TIEMPO DE ENTREGA DEL BIEN
VESTIMENTA DEL PERSONAL El proveedor dotará a sus trabajadores de los siguientes elementos básicos de vestimenta, según la función que realicen: • La vestimenta utilizada por los trabajadores debe ser en lo posible de lana o algodón (ropa vaquera) y en el caso particular del soldador no utilizará ropa acrílica. • Botas de seguridad con punta de metal. • Guantes de cuero apropiados para soldar. • Gafas de seguridad. • Pantalla de soldar. • Orejeras o tapones auditivos.
Nombre convenio
MOBILIARIO ESCOLAR (EN MADERA Y METAL)
Código
CDI-SERCOP-005-2015
Descripción
CATALOGACION DEL SERVICIO DE METALMECANICA EN EL PRODUCTO FABRICACION DE MOBILIARIO ESCOLAR EN MADERA Y METAL
Objeto
CATALOGACION DEL SERVICIO DE METALMECANICA EN EL PRODUCTO FABRICACION DE MOBILIARIO ESCOLAR EN MADERA Y METAL
Fecha de Adjudicación
17-08-2015
Fecha de Expiración
31-12-2025
Fecha de vigencia anterior Fecha extensión Fecha realización extensión Archivo
31-12-2018 31-12-2019 27-12-2018 15:30:51    Descargar
31-12-2020 31-12-2020 23-12-2019 12:46:55    Descargar
31-12-2023 31-12-2024 27-12-2023 15:40:46    Descargar
31-12-2024 31-12-2024 27-12-2023 15:40:53    Descargar
31-12-2024 31-12-2025 30-12-2024 16:02:23    Descargar
Fecha realización Fecha Suspendido/Levantado hasta Archivo Acción